Home Política El Gobierno de la Ciudad lanzó una nueva moratoria impositiva: qué impuestos están considerados y cómo adherirse

El Gobierno de la Ciudad lanzó una nueva moratoria impositiva: qué impuestos están considerados y cómo adherirse

El Gobierno porteño lanzó una nueva moratoria para deudas tributarias con beneficios por adhesión anticipada y planes de hasta 48 pagos

by Luciano Ingaramo

La Administración Gubernamental de Ingresos Públicos (AGIP) oficializó la reglamentación del nuevo plan de facilidades para regularizar deudas impositivas en la Ciudad de Buenos Aires. Este esquema estará habilitado desde el 3 de noviembre y contempla importantes reducciones en intereses para quienes se sumen en los primeros días. La iniciativa incluye tributos como ABLPatentesIngresos Brutos e impuesto inmobiliario, y permitirá ponerse al día con obligaciones vencidas hasta fines de agosto.

El Gobierno reglamentó el plan y detalló quiénes podrán adherirse

La medida fue publicada en el Boletín Oficial a través de la resolución 461 y estará en vigencia hasta el 3 de enero de 2026. Podrán ingresar todos los contribuyentes con deudas vencidas hasta el 31 de agosto, incluyendo aquellas en instancia judicial, que al cancelarse extinguirán la sanción penal correspondiente.

Los contribuyentes generales que adhieran dentro de los primeros 30 días accederán a una condonación total de intereses si pagan al contado. Este porcentaje disminuye de forma escalonada a 70%, 50% y 40% según el momento en que se formalice la adhesión.

Para quienes elijan el pago en cuotas, la quita también varía: 70% si se adhiere rápido, bajando luego a 50%, 40% y 30%. En total, se podrá financiar en hasta 48 cuotas mensuales, con un mínimo de $5000 por mes y una tasa del 2% para contribuyentes comunes, y 3% para grandes contribuyentes.

Cómo hacer el trámite paso a paso desde la web de AGIP

Los interesados deberán ingresar al sitio oficial de AGIP con su Clave miBA Nivel 3, seleccionar las deudas a regularizar y elegir entre pago al contado o en cuotas. En caso de optar por el financiamiento, será obligatorio informar los datos bancarios para el débito automático.

El pago único debe realizarse hasta el día 10 de cada mes. Si se elige la modalidad en cuotas, la primera vencerá el día 10 del mes siguiente al momento de la adhesión.

El tributarista Sebastián Domínguez explicó que “este régimen representa una buena oportunidad para regularizar situaciones fiscales con beneficios significativos, sobre todo si se accede en los primeros días”.

Fuente: Radio Mitre 

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