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Sentencia fundamentada

by Luciano Ingaramo

El jueves pasado, el Tribunal Oral Federal número 2 de la Ciudad de Buenos Aires dio a conocer los fundamentos del fallo que condenó a la vicepresidenta Cristina Fernández de Kirchner, y a otra docena de imputados en la causa conocida como Vialidad. Los argumentos para justificar la condena de la vicepresidente de la Nación en dicha causa son sólidos e inobjetables. Su defensa va a apelar hasta la Corte Suprema de Justicia, pero no existen milagros en el Palacio de Justicia cuando las evidencias son demoledoras en un fallo de 1.616 fojas redactadas sin animosidad y con certeza jurídica.

“La magnitud de la empresa criminal aquí investigada supuso una planificación y sofisticación magnífica, en la que actuaron diferentes niveles administrativos encolumnados bajo una misma finalidad. Se ha acreditado la intervención en la maniobra de integrantes de las más altas esferas del Poder Ejecutivo Nacional, de la Dirección Nacional de Vialidad y de la Administración General de Vialidad Provincial de la Provincia de Santa Cruz, en connivencia con un empresario de la construcción dedicado a la obra pública, con el propósito de asegurarle un beneficio económico tanto a éste como a la sociedad conyugal integrada por los ex-presidentes Néstor Carlos Kirchner y Cristina Fernández de Kirchner”, afirmó el Tribunal Federal Oral 2.

Y añadió: “Ha sido dirimente, en esa lógica, la comprobación de un interés manifiesto sobre el plan criminal de la por entonces Presidenta de la Nación Cristina Fernández de Kirchner, evidenciado a través de su participación en los beneficios económicos producto del delito obtenidos por intermedio de múltiples vínculos contractuales y comerciales con Lázaro Antonio Báez en forma concomitante a la ejecución de esta maniobra”, declararon los jueces Jorge Gorini, Rodrigo Giménez Uriburu y Andrés Basso.

Cristina Kirchner recibió los fundamentos de su sentencia condenatoria en su domicilio particular y estuvo todo el día leyendo los profundos motivos de su condena. Solamente le va a quedar la apelación al endeble concepto del lawfare para justificar su destino procesal y aprovechar sus espacios públicos para ratificar que se trata de una persecución política.

Luciano Ingaramo

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