La cautelar y sus alcances
La CGT, representada por su triunvirato compuesto por Jorge Alberto Sola, Octavio Argüello y Cristian Raúl Jerónimo, argumentó que la reforma establecía modificaciones perjudiciales y permanentes que vulneraban derechos de raigambre constitucional, como la protección contra el despido, el principio de progresividad y la libertad sindical.
El juez reconoció la legitimación de la central obrera para actuar en representación de toda la clase trabajadora y advirtió sobre el “peligro en la demora”: ejecutar ciertas normas podría generar daños irreparables si la ley fuera declarada inconstitucional en una sentencia definitiva.
Qué artículos quedan suspendidos
Entre los puntos más relevantes que quedan en suspenso se encuentran el Fondo de Asistencia Laboral (FAL), el sistema alternativo al pago tradicional de indemnizaciones; las limitaciones al derecho a huelga y la ampliación de los llamados “servicios mínimos”; la derogación de la Ley de Teletrabajo; y los artículos que excluían a los trabajadores de plataformas del régimen laboral general, catalogándolos como trabajadores independientes.
También quedaron suspendidos los artículos que eliminaban el principio de interpretación legal a favor del trabajador, los que permitían negociar convenios colectivos a la baja, los que reducían el crédito horario de los delegados gremiales y los que habilitaban sanciones contra conductas sindicales, incluso la quita de personería.
Qué sigue
El expediente será inscripto en el Registro Público de Procesos Colectivos y el juez correrá un nuevo traslado al Estado nacional para resolver el fondo del caso. Mientras tanto, el Gobierno tiene la vía abierta para apelar la cautelar ante la Cámara Laboral e intentar revertir la suspensión.
