El origen del conflicto
En noviembre de 2024, la ANSES dictó la Resolución 1092/2024 y dio de baja dos prestaciones que percibía Kirchner: la pensión por viudez de Néstor Kirchner y la jubilación vitalicia como expresidenta. La medida se fundamentó en la condena firme de seis años de prisión —que cumple en detención domiciliaria— e inhabilitación perpetua que recibió en la causa Vialidad, por hechos de corrupción cometidos durante el ejercicio de la función pública.
Kirchner impugnó la quita y solicitó una medida cautelar para que se restaurara el pago mientras se tramitaba el juicio principal. La Cámara Federal de la Seguridad Social hizo lugar parcialmente al pedido: los jueces Sebastián Russo y Juan Fantini resolvieron suspender los efectos de la resolución administrativa y restablecer únicamente la pensión por viudez de manera provisoria, mientras dure la sustanciación del proceso. La jubilación como expresidenta, en cambio, permanece suspendida.
Los argumentos del Gobierno
Según el escrito presentado ante la Corte, el fallo de la Cámara incurre en una “manifiesta errónea aplicación del derecho” al omitir la prohibición legal de cobro que rige para quienes tienen condena penal firme e inhabilitación absoluta. El Gobierno sostiene que la asignación no tiene naturaleza alimentaria —es decir, no está destinada a garantizar el sustento básico— sino que es una gracia del Estado en reconocimiento a la función presidencial ejercida, y que por lo tanto puede ser revocada cuando desaparecen las condiciones que la originaron.
Otro eje del recurso cuestiona la cautelar en sí misma: el Ejecutivo argumenta que la Cámara, al restablecer el beneficio de forma provisoria, adelantó en los hechos aquello que se discute en el juicio principal, lo que configuraría un supuesto de prejuzgamiento.
Qué sigue
Mientras la Corte analiza si admite el recurso extraordinario, Cristina Kirchner continuará percibiendo provisoriamente la pensión por viudez. Si el máximo tribunal decide intervenir, deberá fijar criterios sobre el régimen de asignaciones vitalicias para exjefes de Estado y sus derechohabientes frente a condenas penales firmes, una cuestión que trasciende el caso individual y podría tener alcance jurídico más amplio.
